Confección del F. 931 por Internet. Sistema “Su Declaración On Line”
1 de junio de 2010
,por Santos Romero, Analía
1. INTRODUCCIÓN
Por medio de la Resolución General Nº 3834 (D.G.I.), la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció el procedimiento que deben observar los empleadores comprendidos en el Sistema Previsional Argentino (S.I.P.A.) a los efectos de determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Teniendo en cuenta que el Organismo Fiscal se encuentra inmerso en un contexto de continuo cambio y modernización de sus sistemas, a los efectos de facilitarle a los contribuyentes el... >
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A raíz de la amplia aceptación que tuvo entre los empleadores el sistema “Su Declaración on Line”, implementado por la Resolución General Nº 2192, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a ampliar el universo de los empleadores que podrán usar este sistema en forma opcional y disponer su utilización obligatoria para aquellos que ocupan hasta diez (10) trabajadores.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución General Nº 2812, siendo de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas -F. 931- originales o rectificativas,... >
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A partir del devengado enero de 2010, los empleadores tienen que utilizar la Versión 33 del programa aplicativo SICOSS para la liquidación de las cargas sociales, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General Nº 2759.
Dicha versión del programa aplicativo deberá ser empleado para generar la declaración jurada (F. 931) de los períodos mensuales devengados a partir de enero de 2010, inclusive, y siguientes, así como para las correspondientes a períodos anteriores, originales o rectificativas, que se presenten a partir de la fecha, inclusive, de entrada en vigencia de la... >
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A partir de abril de 2008, los empleadores con hasta cinco trabajadores inclusive deberán confeccionar las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones -F. 931- del devengado marzo de 2008, a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Cabe recordar que el fisco estableció el uso obligatorio del sistema {“Su Declaración online”} por parte de los empleadores que tengan hasta cinco (5) trabajadores inclusive , mediante la [Resolución General Nº... >
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Desde abril, los empleadores con hasta cinco trabajadores inclusive deberán confeccionar las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones -F. 931- del devengado marzo de 2008, a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Cabe recordar que el fisco estableció el uso obligatorio del sistema {“Su Declaración online”} por parte de los empleadores que tengan hasta cinco (5) trabajadores inclusive , mediante la [Resolución General Nº... >
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Los empleadores designados especialmente para confeccionar las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones -F. 931- deberán realizarlas a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
A través de la [Resolución General Nº 2407 (B.O. del 05/02/2008)->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article30966], el fisco estableció el uso obligatorio del sistema “Su Declaración online” por parte de los empleadores que tengan hasta cinco (5) trabajadores inclusive.
1.- ¿Desde cuándo los empleadores... >
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El 6 de diciembre vence plazo para que los empleadores que posean empleados con remuneraciones mayores a $ 6.000 presenten la declaración retificativa del F. 931, teniendo en cuenta los nuevos topes máximos aplicables a partir del devengado septiembre por el Poder Ejecutivo para determinar aportes personales al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones de los trabajadores en relación de dependencia y de los autónomos.
Así lo estableció la [Resolución General Nº 2340->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article31225&var_recherche=2340] (A.F.I.P.) que fue publicada el... >
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